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domingo, noviembre 24, 2024

TEPJF confirma sanción a encuestadoras que difundieron resultados sesgados en favor de Delfina Gómez

Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respaldaron por unanimidad la sanción que impuso el Tribunal Electoral del Estado de México a encuestadoras por difundir resultados sesgados a favor de la entonces candidata de Morena, PVEM y PT a la gubernatura del Estado de México, Delfina Gómez Álvarez.

En sesión pública este miércoles, el Tribunal confirmó la sanción a las encuestadoras Gobernarte y Demoscopia Digital por poner en riesgo la equidad en la pasada contienda electoral, con la difusión de encuestas sin sustento metodológico, al omitir señalar quién patrocinó o pagó la encuesta, así como exponer algún parámetro distinto al cálculo de frecuencias de las respuestas de la muestra.

Este expediente comenzó cuando un ciudadano presentó una queja en el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en contra de la coalición “Juntos Haremos Historia en el Estado de México” y de su entonces candidata a la gubernatura, Delfina Gómez Álvarez, así como diversas encuestadoras, entre estas, Gobernarte y Demoscopía Digital, por difundir encuestas con información falsa y sin sustento metodológico.

En su oportunidad, el Tribunal local resolvió que solo las encuestadoras, y no Morena o la coalición, infringieron las reglas electorales.

Esto sucedió porque la encuestadora Gobernarte no identificó quién solicitó, ordenó o pagó por la publicación de la encuesta en cuestión.

Además, la encuestadora Demoscopía Digital no especificó si la encuesta que publicaron incluía estimaciones de resultados electorales, un modelo de probables votantes u otros parámetros, más allá de simplemente calcular la frecuencia de las respuestas a las preguntas de la encuesta.

Es por ello que el Tribunal concluyó que las infracciones cometidas ocasionaron que la ciudadanía recibiera información sobre preferencias electorales sin bases objetivas, lo que pudo afectar la equidad en la contienda, por lo cual, se les impuso una amonestación pública.

Las encuestadoras no estuvieron de acuerdo con la decisión local y acudieron ante la Sala Superior.

A propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, el pleno de la Sala Superior confirmó la sentencia del Tribunal local, consideró que su fallo fue bien motivado al determinar la responsabilidad de las encuestadoras por cometer una infracción al difundir encuestas sin los requisitos previstos en la normativa electoral.

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