*La regidora y expresidenta municipal de Solidaridad, Laura Beristain Navarrete, viola la Ley de municipios del estado de Quintana Roo por anteponer sus intereses personales y desbordar su ira en las sesiones de Cabildo
*Sin importarle los temas apremiantes de los solidarenses, la petista disfrazada de morenista, está dedicada a cobrar y hacer escándalo como forma de promoción política
*Hay tibieza por parte de las autoridades municipales y legisladores del Estado para meter en cintura a la indiciada que enfrenta una vinculación a proceso por desvío de recursos y abuso de poder durante la administración pasada
Playa del Carmen. – Dedicada al escándalo como estrategia de promoción política, la regidora y expresidenta municipal de Solidaridad, Laura Beristain Navarrete, viola de manera reiterativa la Ley de municipios del estado de Quintana Roo en su afán de anteponer sus intereses personales y de su familia con la creencia de volver a la silla presidencial.
Aquel día, en el que rindió protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen, se quedó en un acto protocolario hueco e hipócrita, pues a la fecha ha violado uno a uno la legislación de municipios de Solidaridad.
Los actos más sobresalientes son los escándalos que ha protagonizado en el salón Leona Vicario del ayuntamiento de Solidaridad en donde a gripo y golpes en la mesa da rienda suelta a su prepotencia majadera, olvidando que el cargo que ostenta se lo otorgó el pueblo para ser representado en los temas de los que adolecen a la comunidad.
Lo que se le olvida es que todo funcionario público, sin excepción alguna, antes de tomar posesión de su encargo debe rendir protesta de guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen, así lo establece el artículo 128 de la Constitución.
La protesta que se rinde al asumir un cargo contiene una gran carga emocional y moral, es comprometerse pública y solemnemente a ajustar la actuación al orden jurídico. El compromiso de un respeto absoluto a la Carta Magna y la legislación estatal.
Desgraciadamente, para esta regidora la protesta fue sólo un requisito más. Ese desprecio por la protesta rendida le ha llevado a los altos grados de corrupción que se padecen.
Con los escándalos protagonizados por la indiciada regidora que enfrenta una vinculación a proceso por el presunto desvío de recursos públicos y abuso de poder durante la pasada administración municipal de Solidaridad, ha violado en su totalidad en artículo 93 de la Ley de municipios del estado de Quintana Roo.
En el apartado de “De las Facultades y Obligaciones de la Regiduría”, Artículo 93 dice a la letra:
A quienes ejerzan una regiduría, esto es, a las y los regidores/as les corresponden las siguientes atribuciones y obligaciones:
I. Asistir puntualmente a las sesiones del Ayuntamiento.
II. Vigilar la correcta observancia de los acuerdos y disposiciones del ayuntamiento.
III. Integrar las comisiones para las que fueron designados, actuando en las mismas con la mayor eficiencia y prontitud.
IV. Cumplir las funciones correspondientes a su cargo, así como las inherentes a la
Comisión de que formen parte.
V. Rendir los informes relacionados con su Comisión cada que lo solicite el Ayuntamiento.
VI. Vigilar los ramos de la administración que le encomiende el Ayuntamiento, los
programas respectivos y proponer en su caso al Ayuntamiento, las medidas que estimen procedentes para mejorar el funcionamiento de la Administración Pública Municipal.
VII. Presentar al Ayuntamiento, Iniciativas de Reglamentos, Bando de Policía y Gobierno y demás disposiciones administrativas de observancia general o, en su caso, de reformas y adiciones a los mismos.
Presentar propuestas para los cargos de Secretario/a General, Tesorero/a, Contralor/a Municipal, Director/a de Seguridad Pública Municipal y los Directores/as de Ingresos y Egresos de la Tesorería Municipal, cuando el Ayuntamiento haya rechazado una o más de las propuestas presentadas por la Presidencia Municipal.
VIII. Solicitar al Síndico/a, informes relativos a su gestión, referente a la Hacienda, Presupuesto y Patrimonio Municipales; y Fracción reformada 30-09-2013
IX. Las demás que les atribuyan la presente Ley, los reglamentos y acuerdos del Ayuntamiento
Como se podrá observar, la regidora ha violado uno a uno los apartados de la legislación a la que está obligada a cumplir. Es la más indisciplinada, pues casi siempre llega tarde a las sesiones, es muy faltista, lejos de analizar los acuerdos y disposiciones del Ayuntamiento, se dedica a hacer escándalos, a gritar, querer más tiempo del que tienen autorizado por ley en las sesiones.
Cabe señalar, cuando fue presidenta municipal de Solidaridad, impuso como determinado límite al tiempo de participación a los regidores en las sesiones de Cabildo, sin embargo, ella siempre rebasa esos parámetros y cuando se le hace la observación de que ya se pasó, explota en ira. La incongruencia total.
Tampoco participa en las comisiones a las que pertenece, no solicita de la manera oficial los informes sobre la hacienda pública, sino que utiliza la tribuna para exigir a gritos la información que se le ocurre para después desacreditarla.
En fin, en su iracunda prepotencia, la exalcaldesa se ha convertido en el hazmerreír de la sociedad de Solidaridad y aunque se haga merecedora a sanciones por parte de la autoridad municipal y los legisladores del Estado de Quintana Roo, nunca las recibe. (Con información de Sol Quintana Roo)